miércoles, 2 de mayo de 2012

La representación de los trabajadores en PRL

Uno de los aspectos que incluye la gestión de la prevención en una empresa es permitir y favorecer la consulta y participación de los trabajadores en todo lo que afecta a su seguridad y salud en el trabajo. Esta participación se articula a través de unos representantes elegidos específicamente para ejercer labores de representación en esta materia: los delegados de prevención y el comité de seguridad y salud.

Los delegados de prevención son elegidos entre los representantes de los trabajadores conforme a la escala:

De 6 á 49 trabajadores  -->  1 Delegado 

    De 50 á 100 trabajadores  --> 2 delegados  

    De 101 á 500 trabajadores --> 3 delegados 
      De 501 á 1000 trabajadores --> 4 delegados 
       De 1001 á 2000 trabajadores --> 5 delegados 
       De 2001 á 3000 trabajadores --> 6 delegados 

       De 3001 á 4000 trabajadores --> 7 delegados 
               De 4001 en adelante trabajadores --> 8 delegados 


El comité de seguridad y salud se constituirá en todos los centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. Es un órgano colegiado y está formado por los delegados de prevención, de una parte, y por el empresario y sus representantes, de otra. Se trata de un órgano paritario porque debe haber el mismo número de delegados de prevención que de empresarios.


Competencias de los de prevención son:

  • Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.
  • Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
  • Ser consultados por el empresario.
  • Vigilar y controlar que se cumpla con la normativa de prevención de riesgos laborales.
Los delegados de prevención están facultados para:
  • Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de prevención que realicen, y a los inspectores de trabajo y seguridad social en sus visitas a los centros de trabajo.
  • Recibir información, por parte de la empresa, sobre:
    • Daños que se han producido en la salud de los trabajadores.
    • Aquellos que comuniquen las personas u órganos encargados de la actividad preventiva de la empresa.
    • Tener acceso a la información y la documentación relativas a las condiciones de trabajo.
  • Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control de las condiciones de trabajo.
  • Formular propuestas al empresario sobre medidas de carácter preventivo y acciones para mejorar la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • Proponer al órgano de representación de los trabajadores que paralice la actividad de la empresa, en caso de riesgo grave e inminente.

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